Lunes, 14 de Marzo de 2022

Actualizada Lunes, 14 de Marzo de 2022 a las 10:35:39 horas

Redacción
Viernes, 11 de Marzo de 2022 Tiempo de lectura:

José Antonio Martínez Diez de Revenga

Sentencia sobre responsabilidad ambiental por daños al Mar Menor recibidos

[Img #22075]Ha llegado a mi conocimiento una nota prensa procedente del Gabinete de Prensa de la Consejería de Agricultura, Agua, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente la Comunidad Autónoma de Murcia, relativa a la sentencia que se ha hecho pública en el día de hoy, en la que la Sala de lo Contencioso Administrativo el Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia estima en parte el recurso contra la resolución desestimatoria presunta de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, de la reclamación formulada por la Fiscalía al objeto de que se iniciara el procedimiento de exigencia de responsabilidad medioambiental contra determinadas empresas y personas físicas por daños medioambientales al Mar Menor.

 

He de decir en primer lugar, con todo respecto a las autoridades de la Consejería, en atención a la institución que representan, que es insólito y completamente inapropiado que en una nota de prensa oficial se mencione con nombre y apellidos a un funcionario público insinuando o dando a entender que es el responsable último del pronunciamiento de Tribunal Superior de Justicia que ha fallado que es la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia la competente para instruir y resolver los procedimientos de responsabilidad medioambiental por daños al Mar Menor.

Es cierto que, como instructor de las actuaciones previas, consideré en un primer momento, y con carácter preliminar, que la Comunidad Autónoma de Murcia era la competente para tramitar tales procedimientos, pero lo que dicha nota omite es que mi cambio de parecer se produjo cuando, tras varios meses de tramitación, los servicios técnicos de la Dirección General emitieron un informe en el que sostenían, de forma razonada y con sólidos argumentos a mi juicio, que la competente era la Confederación Hidrográfica del Segura. Es en ese momento en el que propuse al Director General el archivo de las actuaciones previas, y la remisión de todo lo actuado al Organismo de Cuenca.

 

Debo añadir también:

 

  1. Que la decisión de archivo, aunque propuesta por mí, es de la absoluta responsabilidad del Director General de Medio Ambiente que puede seguirla, rechazarla o modificarla recabando nuevos informes. Es un despropósito también, propio del desconocimiento de los asuntos jurídicos, decir que si el Director General se aparta de mi propuesta por ello se incurriría en delito de prevaricación.

  2. Que desde que fui nombrado instructor comuniqué verbalmente al Director General que estos procedimientos, por ser los primeros que en esta materia se tramitaban en la Región de Murcia y por su enorme complejidad técnica, precisaba un apoyo ya fuera interno o externo de especialistas en diversas disciplinas y conocimientos. Dichos medios en ningún momento se pusieron a mi disposición.

  3. Que hasta en tres ocasiones comuniqué oficialmente que es imposible iniciar si quiera estos procedimientos sin que por los servicios técnicos de la Dirección General se determinaran que concurrían los presupuestos legales exigidos (acción u omisión del presunto responsable, el daño ambiental causado, la relación de causalidad entre la acción y omisión y el daño, y las medidas de todo tipo que era preciso adoptar).

 

Me veo en la obligación de publicar esta nota porque lo que no puedo consentir es que de forma torticera o subliminal se ponga en cuestión mi profesionalidad y buen hacer, que acredito con treintaicinco años de experiencia en los servicios jurídicos de todas y cada una de las consejerías que han sido competentes en materia de medio ambiente.

 

La Administración Regional la formamos todos, y todos somos responsables, aunque en distinto grado, de su buen funcionamiento. Ahora bien, si la sentencia ahora publicada ha puesto de manifiesto que la Comunidad Autónoma lo ha hecho rematadamente mal, haciendo dejación de sus obligaciones legales de reparar los grandes daños ambientales causados al Mar Menor, es la institución y sus representantes los que deben asumir sus responsabilidades en primer lugar.

 

Murcia, a 10 de marzo de 2022

José Antonio Martínez Diez de Revenga.

Asesor Jurídico de la Consejería de Agricultura, Agua, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente la Comunidad Autónoma de Murcia.

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